La Primera Sala en Materia Penal del Tribunal de Alzada impuso una pena de 60 años de prisión a cada uno de los tres sentenciados identificados como Javier N., Jair Mauricio N. y Silvestre N., tras resolver el recurso de apelación relacionado con el juicio oral 09/2025/JO/CENTRO-PONIENTE.

La determinación quedó asentada dentro del Toca de apelación 19/2026, mediante el cual el Tribunal de Alzada modificó el resolutivo tercero de la sentencia condenatoria pronunciada originalmente el pasado 7 de enero de 2026 por el Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento con Jurisdicción Estatal.

De acuerdo con la resolución, cada uno de los sentenciados deberá cumplir una condena de seis décadas de prisión, aunque se descontará el tiempo que hayan permanecido privados de la libertad bajo la medida de prisión preventiva.

Será el Juez de Ejecución quien realice el cómputo correspondiente y determine el establecimiento penitenciario en el que deberán cumplir la sentencia.

Además de la pena corporal, la Primera Sala impuso a Javier N., Jair Mauricio N. y Silvestre N. una multa equivalente a mil Unidades de Medida y Actualización (UMA), tomando como referencia el valor vigente al momento en que ocurrieron los hechos.

La sanción económica deberá hacerse efectiva bajo los términos que establezca el Juez de Ejecución.

El Tribunal de Alzada precisó que la modificación únicamente corresponde al tercer punto resolutivo de la sentencia, por lo que el resto de las determinaciones emitidas por el Tribunal Colegiado de Enjuiciamiento permanecieron sin cambios.

La Fiscalía General del Estado (FGE) informó sobre la resolución y señaló que dará seguimiento al proceso hasta agotar sus consecuencias jurídicas, como parte de las investigaciones relacionadas con casos de violencia extrema contra las mujeres.